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  • Indicador de fortaleza
  • Obras audiovisuales en las que ha participado

  • TítuloClasificaciónAño 
    *Clasificación: cortometraje, largometraje, serie o novela


  • Acuerdo de Adhesión

    Tengo conocimiento que "INTER ARTIS PARAGUAY” (en adelante I.A.P. o la Entidad), fija domicilio social en la Calle Bélgica nº 621, de la ciudad de Asunción, y que la misma fue autorizada como entidad de gestión colectiva de Artistas, Intérpretes y afines de obras audiovisuales por Resolución DGDAC Nº 89 de fecha 04 de Octubre de 2013, el Estado Paraguayo a través de la Dirección General de Derecho de Autor y Derechos Conexos (DGDAC), dependiente de la Dirección Nacional de la Propiedad Intelectual (DINAPI).-

    Que, autorizo a IAP para que gestione y administre cualesquiera derechos conexos de propiedad intelectual de ejercicio colectivo (voluntario u obligatorio) que pudieran corresponder a los “Actores, intérpretes o cualesquiera artistas asimilados a ellos de obras audiovisuales”, bien por reconocimiento legal expreso (ley nacional, normas de Derecho regional o de cualesquiera instrumentos internacionales), por aplicación analógica y/o subsidiaria de los derechos conexos, o por ser encomendados contractualmente. Que, como SOCIO declaro que conozco y acepto los vigentes Estatutos de I.A.P. y sus normas reglamentarias de desarrollo. Que, confiero mandato expreso a I.A.P., con el fin de que la Entidad suscriba cualesquiera acuerdos, encaminados a la efectividad de los derechos intelectuales comprendidos en el objeto social de I.A.P., de colaboración o de naturaleza análoga con entidades, organismos o instituciones extranjeras, que tengan como finalidad la protección, efectividad y/o desarrollo de los derechos de propiedad intelectual de los artistas intérpretes. Que, reconozco que la duración de este contrato será de CINCO AÑOS, quedando tácitamente prorrogado por periodos iguales, salvo denuncia por parte del SOCIO, formalizada por escrito dirigido al Consejo Directivo de I.A.P., con una antelación mínima de un año a la fecha de su vencimiento inicial o a la del vencimiento de su última prórroga. Todo pago de derechos efectuado por I.A.P. al SOCIO deberá acompañarse de una liquidación en la que, sucintamente, se le dará cuenta del origen de tales derechos, y de las detracciones efectuadas en concepto de descuentos de recaudación y de administración, impuestos, etc.